Política PTEE

Programa de Transparencia y Ética Empresarial

DISBLANCO SAS, está comprometida con el cumplimiento integral de la normatividad que rige la transparencia ética y legal de los negocios, y aquellas tendientes a combatir y prevenir el soborno nacional y transnacional, en especial, los mandatos contenidos en: La ley 1474 de 2011, la Ley 1778 de 2016, en la Resolución 100-006261 de 2020 y en la Circular Externa 100-000003 de 2016 expedidas por la Superintendencia de Sociedades y demás normas que las modifiquen, complementen o sustituyan; así como en todos los convenios internacionales suscritos por Colombia, incluyendo pero sin limitarse, la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos de 1997, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción – UNCAC- de 2005, y la Convención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de 2012 (las “Disposiciones Anticorrupción”).

Para dar cumplimiento con las diferentes disposiciones que rigen la materia, la compañía adelantó una evaluación e indagación de las fuentes y riesgos que se pueden  presentar al interior de la organización y respecto a la materialización de Actos de Corrupción a través de las contrapartes; así las cosas, DISBLANCO S.A.S decidió adoptar para su uso, orientación y estricta aplicación un Programa de Transparencia y Ética Empresarial, que aplica a todo el equipo humano vinculado con la Compañía (colaboradores y Accionistas, incluyendo su alta gerencia) y a todas las partes vinculadas contractual o comercial con DISBLANCO S.A.S, como son de manera meramente enunciativa los clientes, proveedores, distribuidores, contratistas e inversionistas.

Política SAGRILAFT

Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y la Financiación para la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

DISBLANCO S.A.S, está comprometida con el cumplimiento integral de las normas dirigidas a combatir y prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas destrucción masiva, de conformidad con los preceptos contenidos en la Circular Externa 100-000016 de 24 de diciembre de 2020 expedida por la Superintendencia de Sociedades, y demás normas que la modifiquen o complementen, así, como en todos los convenios internacionales suscritos por Colombia.

Para dar cumplimiento con las diferentes disposiciones que rigen la materia, la compañía adelantó una evaluación e indagación de las fuentes y riesgos que se pueden  presentar al interior de la organización y respecto a la materialización de  actos relacionados con el Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y la Financiación para la proliferación de armas de destrucción masiva a través de la contrapartes; así las cosas, DISBLANCO S.A.S decidió adoptar para su uso, orientación y estricta aplicación un Sistema de Administración del Riesgo LA/FT/FPADM, que aplica a todo el equipo humano vinculado con la Compañía (colaboradores y Accionistas, incluyendo su alta gerencia) y a todas las partes vinculadas contractual o comercial con DISBLANCO S.A.S, como  son de manera meramente enunciativa los clientes, proveedores, distribuidores, contratistas e inversionistas.

Si usted requiere información adicional acerca de este tema, por favor comunicarse a través de correo electrónico oficial.cumplimiento2@casautos.com.co